Impuestos en los warrants ( Impuesto sobre Patrimonio )
La siguiente
exposición está basada en la normativa tributaria española vigente
en la fecha de realización de este manual, sin perjuicio de posibles
modificaciones por disposiciones legales posteriores.
Legislación
aplicable: Ley
19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
Son sujetos
pasivos del impuesto las personas físicas que tengan su residencia
habitual en el territorio español, así como las personas físicas que
no tengan su residencia habitual en España y sean titulares de
bienes o derechos que estén situados, puedan ejercitarse o deban
cumplirse en el territorio español.
Cuando el
titular de un warrant sea sujeto pasivo de este impuesto, se
integrará en la base imponible por su valor de mercado el 31 de
diciembre, fecha de devengo del impuesto.