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El gran ducado de Luxemburgo |
Luxemburgo, país miembro de la
Unión Europea, está situado en la vertiente centro-oeste de Europa.
Está constituido por dos regiones naturales y cuenta con 3 distritos
y 12 cantones. Tiene un área de 2,586 kms cuadrados y una población
de más de 457 mil habitantes. Su capital es Luxemburgo y su moneda
oficial el euro (EUR). Cuenta con distintos idiomas, entre ellos
alemán y francés.
| Luxemburgo es un centro de
servicios financieros muy sofisticado. El sector de la banca
offshore y de servicios financieros tiene una experiencia de muchos
años y se encuentra debidamente regulado. Este país goza de una
reputación excelente en lo que se refiere a confidencialidad y
privacidad. El impuesto de sociedades efectivo es del 30,38%, no
obstante, existen ventaja fiscales para determinadas sociedades.
Alberga más
de doscientos bancos y más de 1.800 fondos de inversión. Su
principal ventaja es la favorable fiscalidad para inversores y
sociedades. Aunque esté en pleno corazón de la Unión Europea, los no
residentes de Luxemburgo no pagan impuestos sobre la renta,
ganancias de capital ni transmisiones patrimoniales.
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La ley
impide a las autoridades de otros países investigar a sus clientes a
menos que existan pruebas de actividad criminal. Para acceder a
servicios bancarios especiales hay que partir de sumas
considerables.
Hay 2 tipos de sociedades importantes
a mencionar en Luxemburgo
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Sociedad Patrimonial de 1929
(Holding Company) , que debe tener un capital social mínimo de
31,000 EUR y
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Sociedad de Participación
Financiera de 1990 (Societe de Participation Financiere –
Soparfi) que debe tener un capital social mínimo de 31,000 EUR.
La Sociedad
Patrimonial tiene la forma jurídica de una SA, y se rige por la Ley
del 31 de Julio de 1929. Necesita como mínimo 2 accionistas, cuyos
detalles aparecen en el registro. Necesita también 3 directores, que
no necesitan residir en Luxemburgo. Este tipo de sociedades están
autorizadas a emitir acciones registradas, al portador, de
preferencia y con o sin derecho a voto. Es de señalar que según la
normativa española en vigor estas sociedades son consideradas como
paraíso fiscal.
La Sociedad
de Participación Financiera necesita como mínimo 2 accionistas,
cuyos detalles no aparecen en el registro. Necesita también 3
directores, que no deben residir obligatoriamente en Luxemburgo.
Este tipo de sociedades están autorizadas a emitir acciones
registradas, al portador, de preferencia y con o sin derecho a voto.
Esta sociedad es normalmente creada como una Sociedad Holding, si
desea tener actividad, es necesario obtener autorización para hacer
negocios.
Tanto la
Sociedad Patrimonial como la Sociedad de Participación Financiera
tienen la obligación de preparar y presentar cuentas auditadas. La
Sociedad Patrimonial o Holding de 1929 está exenta de impuestos y
sus actividades están restringidas a la posesión de acciones y
ciertas otras inversiones. Los únicos impuesto que pagan son del
0.2% del capital pagadero cada año y del 1% del registro de capital
inicial y sucesivos aumentos.
La Sociedad de Participación
Financiera, Soparfi, es una sociedad sujeta al impuesto sobre
sociedades, que tiene la obligación de pagar las tasas normales de
impuestos y puede acceder a los beneficios de los convenios de doble
imposición. El único impuesto que paga es del 1% del registro de
capital inicial y sucesivos aumentos.
La Soparfi, como sociedad holding, se
puede beneficiar de la exención por los dividendos y ganancias de
capital que reciba de alguna filial en la que tenga un participación
del 10% en los últimos 12 meses. Se puede obtener igualmente la
exención en los dividendos percibidos cuando no se alcanza una
participación del 10%, pero el precio de adquisición es de 1,2
millones de Euros, y en las ganancias de capital cuando el precio de
adquisición es de 6 millones de euros.
Este tipo de sociedad puede realizar
actividades comerciales, financieras e industriales.