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El Reino de
los Países Bajos, llamado generalmente Holanda está situado al oeste
de Alemania y al norte de Bélgica, a lo largo de la costa del Mar
del Norte. Su población es de aproximadamente 15.000.000 de
habitantes.
Es uno de
los países más estables de Europa, miembro de la Unión Europea. El
idioma oficial es el holandés, pero tanto el inglés, como el alemán
y el francés son ampliamente hablados y utilizados.
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No puede
ser considerado de ninguna manera un centro financiero offshore. De
hecho, los impuestos societarios son altos: 34,5% sobre la renta
mundial. Sin embargo, algunas exenciones, sumadas a una extensa red
de convenios de doble imposición, brindan oportunidades
extraordinarias para utilizar sociedades holandesas en la
estructuración de transacciones financieras internacionales,
especialmente como sociedades holding.
Holanda
ofrece las siguientes formas jurídicas para que las empresas puedan
establecerse:
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Naamloze
Vennootschap (N.V.) : Para estar debidamente constituida,
una N.V. necesita por lo menos un administrador (director) que
debe ser una persona física y debe ser residente en el país. Se
requiere como mínimo un accionista y el capital social para
constituirla es de 45.000€. Tanto los datos de administrador y
accionistas aparecen en el registro público. Esta sociedad puede
emitir acciones al portador y puede transferir acciones
libremente.
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Besloten
Vennootschap met beperkte aansprakelijkheid (B.V.) -: Para
estar debidamente constituida, una B.V. necesita por lo menos un
administrador (director) que debe ser una persona física y debe
ser residente en el país. Se requiere como mínimo un accionista
y el capital social para constituirla es de 18.000€. Tanto los
datos de administrador y accionistas aparecen en el registro
público. Esta sociedad no puede emitir acciones al portador,
sólo nominativas. Tampoco puede transferir acciones libremente.
Las
sociedades en Holanda tienen obligación de presentar informes
anuales, contabilidad y declaraciones de impuestos.
Cabe
destacar que Holanda
cuenta con el llamado privilegio de filiación. Dicha ventaja fiscal
para las sociedades holding consiste, simplemente, en que no
tributan nada, no pagan un florín por los dividendos y ganancias que
les reporten sus filiales. (siempre que se tenga una
participación mínima en la filial del 5%)
Para montar
un holding basta con registrarla y tener una sede. El otro atractivo
fiscal que aprovechan las multinacionales es muy similar al
privilegio de filiación, pero se aplica a cualquier tipo de
empresas, sin necesidad de que sea un holding. Además, Holanda es el
país con mayor número de tratados para evitar la doble imposición
fiscal de los beneficios empresariales. En virtud de un tratado de
esta clase, las empresas con operaciones en un país extranjero
eluden pagar dos veces los impuestos (cuando declaran por los
beneficios de su filial, y al consolidar dicha ganancia en las
cuentas de la matriz), como ocurre en la mayoría de los países.
El 90% de las empresas que cotizan
en el selectivo Ibex-35 tiene constituidas sociedades en Holanda.
Según la clasificación de la revista Fortune, en ese país tiene su
sede el 40% de las 550 mayores empresas de Estados Unidos, 245
multinacionales japonesas y 2.485 europeas.
A los norteamericanos se les permite
establecerse con la misma legislación fiscal y laboral que tienen en
su país, por un tiempo de cinco años y, por lo tanto, podrían tener
sus filiales o fábricas trabajando 24 horas al día o aplicar el
despido libre a sus trabajadores.
Además,
Holanda, no exige ningún tipo de licencia para vender o comprar
productos en el país y, el 77% de la población domina un idioma
aparte del propio, y el 44% habla tres lenguas.