Ud. debe examinar con detalle el
contrato antes de su firma. Una vez firmado, es recomendable que
solicite el documento del contrato
a la entidad de crédito. Esta está obligada a entregárselo si se lo
pide, o incluso aunque no se lo pida, en el caso de que se trate de
cuentas corrientes y de ahorro y de depósitos a plazo inferiores a
60.000 euros.
Es recomendable también que revise
y conserve los sucesivos documentos
de liquidación y extractos
de movimientos que la entidad de crédito le irá dando. La
comprobación de toda la información le permitirá descubrir posibles
errores o discrepancias entre las condiciones pactadas y las
realmente aplicadas . Tenga en cuenta que la información que se le
envía será considerada tácitamente aceptada por usted si en un plazo
razonable usted no manifiesta su disconformidad con la misma.
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