Pasos y consejos a seguir antes de
contratar un préstamo |
Antes de decidirse a contratar su el
prestamos personal, se deberá informar y contrarrestar entre varias
ofertas en distintas entidades bancarias, En particular, es
conveniente que analice el coste total (intereses, comisiones
bancarias y gastos) de cada una de ellas.
Siempre encontraremos mayor
facilidades en entidades donde tengamos contratados otros servicios
como recibos, domiciliada la nómina, tarjetas, el
préstamo hipotecario, los seguros, etc.
Además, debería tener en cuenta los
siguientes factores:
Importe del préstamo -
Las entidades de crédito le pondrán un límite al
importe que están dispuestas a concederle, dependiendo básicamente
de su solvencia económica (nómina, otros ingresos, patrimonio...),
de la aportación de garantías adicionales (avales), del destino del
crédito (gastos, inversiones en valores...), de su política de
riesgos.
Aunque la entidad le ponga un limite
usted tiene que calcular sus necesidades de dinero y
asegurarse de que puede endeudarse
hasta esa cantidad, teniendo en cuenta todos los gastos del
prestado y sus ingresos presentes y futuros, así como el grado de
seguridad de los mismos (lo que está muy relacionado con su
situación de empleo).
El plazo del préstamo -Aunque
usted y la entidad pueden pactar libremente el plazo, la duración de
los
préstamos personales suele ser muy inferior a la de los
hipotecarios, suelen llegar hasta los 5 años, aunque
depende entre otras cosas de la política comercial de la entidad y
del destino de fondos. Hay entidades que ofrecen préstamos
personales con un plazo de hasta 8 años.
A la hora de elegir, lo primero que
usted tiene que considerar es que
cuanto más largo sea el plazo, sin variar las demás
condiciones del préstamo, las cuotas periódicas que ha de pagar
serán más bajas. Sin embargo, la reducción de las cuotas es siempre
inferior, en proporción, al incremento del plazo, ya que los
intereses totales son mayores.
Además, si usted contrata un préstamo
a tipo de interés variable (o en moneda extranjera, si bien los
préstamos personales en moneda distinta del euro son raros), debe
saber que cuanto más largo sea el plazo, mayores son las
posibilidades de que suban los tipos de interés o tipo de cambio y,
por tanto, los riesgos de que tenga que pagar cuotas superiores en
el futuro son también mayores.
Moneda del préstamo -
Lo habitual es que si usted contrata un préstamo
personal lo haga en la misma moneda en que obtiene sus ingresos,
normalmente en euros.
Sin embargo, cabe la posibilidad de
que usted contrate un préstamo en
moneda extranjera. En ese caso, sea prudente, ya que sus
cuotas oscilarán en función del tipo de cambio de la divisa en
cuestión, que puede llegar a tener variaciones muy bruscas a lo
largo del tiempo. Eso quiere decir que si esa moneda extranjera sube
respecto al euro, sus cuotas en euros se incrementarán en la misma
medida. Usted debe ser consciente de este riesgo y decidir si vale
la pena asumirlo.
Por lo general, esos préstamos en
divisas tienen un tipo de interés menor, pero hay que
valorar si ese beneficio compensa
el riesgo y ser consciente de que un tipo de interés más
bajo en moneda extranjera no significa necesariamente que, a la
larga, el préstamo vaya a salir más barato. Pues hay que tener en
cuenta también la diferencia de precio entre el par de divisas a lo
largo del tiempo.
Tipo de
interés - Es un factor clave en cualquier
préstamo pero no el único y muchas veces nos dejamos llevar
simplemente por ofertas muy agresivas para el plazo inicial y
olvidamos otros condicionantes. Aún así, es indudable su importancia
pues junto al plazo de amortización determina la cuota y, en
definitiva, lo que al final pagaremos a lo largo de los años.
Comisiones-
Es importante conocer las otras comisiones que se nos
pueden llegara a incluir en nuestro contrato
(
ver otros gastos y comisiones
).
Diferencial sobre el índice de referencia escogido
-Es importante conocer el diferencia de tipo de referencia escogido
(
ver tipos de prestamos)
Una vez decidida la entidad de
crédito con la que quiere contratar el crédito o el préstamo
personal, si usted tiene la condición legal de consumidor y el
préstamo o crédito está comprendido entre 150 y 20.000 euros usted
tiene derecho a pedir a la entidad una
oferta vinculante por
escrito en la que se expliquen con detalle todas las condiciones
financieras. Esta oferta vinculante, que la entidad está obligada a
entregarle en los créditos al consumo citados y que es completamente
gratuita, evitará posibles confusiones derivadas de la negociación
verbal. Durante el plazo que dure la oferta, que salvo
circunstancias extraordinarias no podrá ser inferior a diez días
hábiles, usted tendrá en su manos toda la información importante
del futuro contrato y podrá decidir si le conviene o no.
En otros préstamos personales no
tiene usted derecho a exigir dicha oferta vinculante. Algunas
entidades estarán dispuestas a hacérsela, pero debe tener en cuenta
que la entidad podría cobrarle alguna comisión por emitir esa oferta
vinculante. Es conveniente que usted pregunte antes.
Una vez
decidida la entidad la y negociado el precio, el siguiente paso
consiste en realizar la solicitud del préstamo. Para ello deberemos
aportar una serie de documentos para facilitar nuestra información
personal y económica. La cual ayudara a
su prestamista a conocer cuestiones tales como: ¿Tiene usted un
empleo estable?¿Cuáles son sus ingresos netos mensuales?¿Tiene usted
inversiones que puedan respaldar el préstamo?¿Tiene otros
préstamos?, etc.
Documentación Personal
Documentación de nuestra economía
Si usted es trabajador por cuenta
ajena:
-
Tres últimas nóminas.
-
Dos últimas declaraciones de la
Renta.
-
Otros justificantes de ingresos,
si los hay.
-
En el caso que la antigüedad en
la empresa sea inferior al año, es probable que nos soliciten
fotocopia del contrato laboral.
Si usted es trabajador por cuenta
propia (profesionales, autónomos, etc.), la información que deberá
acreditar será:
-
Dos últimas declaraciones de la
Renta.
-
Justificación de ingresos.
-
Última declaración anual del IVA
y últimos pagos fraccionados de IRPF e IVA.
En ambos casos es bastante probable
que nos soliciten justificantes del patrimonio de los titulares de
la operación. Y en caso de tener otros préstamos o figurar como
avalista en alguna operación crediticia, habrá que aportar como
mínimo el último recibo de los mismos. Además habrá que aportar
algún documento acreditativo de justificación del destino de fondos
(por ejemplo, factura proforma en el caso de la compra de un coche,
etc;), aunque hoy en día hay muchos prestamistas que no nos
solicitan dicha información al considerar que es personal.
Por último, y una vez tengamos todo claro, nos queda la
formalización del préstamo. Normalmente, dicha formalización se
realiza en documento firmado por todas las partes intervinientes
ante Corredor de Comercio. Una vez se formalice el préstamo ya
podremos disponer del dinero solicitado. Todo este trámite no tiene
por qué demorase más de una semana, aunque hay entidades que en un
plazo de 48 horas están en disposición de abonar (ingresar en cuenta
corriente) el importe del préstamo solicitado