Tasación :Para
conseguir una garantía adecuada del préstamo que se va a
conceder, el inmueble que se va a hipotecar debe ser tasado. En
el mercado hipotecario español, eso suele exigir que un
profesional debidamente habilitado para ello determine cuál es
el valor del piso, local o industria que se va a hipotecar. El
valor de tasación del inmueble suele limitar el importe del
préstamo.
En España están habilitadas para
practicar ese tipo de tasaciones unas sociedades de tasación,
que pueden o no ser independientes de las entidades de crédito
que vayan a conceder el préstamo. Esas sociedades son
autorizadas por el Banco de España y están inscritas en sus
Registros oficiales de entidades y cuentan con unos requisitos
mínimos, supervisados por el Banco de España, para poder operar.
Esos requisitos tienen por objeto principal asegurar que estas
sociedades cuentan con profesionales adecuados (arquitectos,
ingenieros, etc) y procedimientos rigurosos de tasación.
Las valoraciones que estas
sociedades de tasación realizan de cara a la concesión de
préstamos hipotecarios deben respetar, tanto en la forma como en
algunos aspectos del fondo, unas normas concretas. El objetivo
de esas normas es doble:
-
De una lado pretenden que la
tasación proporcione, para cada inmueble, un valor prudente
del mismo a largo plazo, aunque se aparte (por encima o por
debajo) del precio de mercado del inmueble en el momento de
la valoración. Las reglas de valoración tienen ese objetivo
para favorecer la prudencia de las tasaciones de forma que
las garantías de que disponen los préstamos hipotecarios
sean sólidas y duraderas.
-
De otro tratan de favorecer
la comprensión, por parte de los clientes, de los criterios
técnicos seguidos por los profesionales que han hecho la
valoración y, sobre todo, de aquellas cuestiones que son mas
cercanas a los ciudadanos: los elementos (superficie de la
vivienda; situación; estado de conservación; etc) y las
razones (precio del m2 en la zona; expectativas de aumento o
disminución del precio; etc) que se tienen en cuenta para
fijar su valor,
Normalmente, los gastos de
tasación corren por cuenta del cliente. En este caso, usted
tiene derecho a recibir de la entidad de crédito una copia del
informe de tasación, o el original si la operación no llega a
formalizarse. En cualquier caso, el cliente tiene derecho a
conocer la identidad de los profesionales seleccionados. También
tiene derecho a conocer el precio de la tasación en caso de que
sea la propia entidad la que la haga, o si el número de
profesionales o entidades seleccionadas para ello por la entidad
es igual o inferior a tres.
Comprobación en el registro de
la propiedad: de modo que el banco
tenga la seguridad de que la vivienda está libre de cargas antes
de conceder la hipoteca.
Es de consulta obligada en caso
de comprar una vivienda dado que no tendríamos la certeza sobre
quién es el dueño de la finca ni sobre las cargas que recaen
sobre la misma.
La inscripción de los inmuebles
facilitan su transmisión y la obtención de financiación. El
importe aproximado de esta operación son 900 euros
España ha sido un país pionero en
la digitalización de los datos del Registro de la Propiedad,
pero todavía no tiene resuelta su consulta on line.
Gestaría :
Son los honorarios del gestor por la realización
de todos los trámites necesarios para la operación de
compraventa ,liquidación de impuestos y la inscripción en el
Registro de la Propiedad., Conviene informarse bien sobre si la
gestoría que nos lleva la documentación tiene unos precios
razonables.
Seguros :
En los préstamos hipotecarios más habituales se
suscribe un seguro de daños sobre el bien hipotecado, que cubra,
como mínimo, el caso de incendio, con el fin de asegurar la
conservación de su valor. Supone que si se daña
significativamente el bien, el banco puede cobrar con cargo a la
indemnización del seguro, por lo que sería beneficiario del
mismo. Es conveniente comparar ofertas y elegir
la póliza que mejor cubra sus necesidades, siempre de común
acuerdo con la entidad.
Cabe mencionar otras variedades
de seguros que se ofrecen al contratar el préstamo, como el
seguro de vida o invalidez y el seguro de protección de pagos;
el seguro de cobertura. Si Vd. tuviera ya contratado uno de
estos seguros, coméntelo con su entidad.
Suele ser obligatorio para poder
contratar una Hipoteca.
Impuestos :
Se entiende por responsabilidad
hipotecaria la suma de todos los conceptos que son garantizados
mediante la hipoteca (el capital prestado, los intereses
ordinarios, los intereses de demora, costas judiciales, gastos,
etc.).
El tipo a aplicar varía
dependiendo de las Comunidades Autónomas y de los importes.